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International
Legal Alliance Group 14407 Gilmore St. Suite #202 Van Nuys CA, 91401 818-781-6500
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Nuestros Servicios
¿A Quién Podemos Ayudar?
Proveemos consultas legales respecto a la ley de inmigración de los Estados Unidos y representación
legal para las personas que buscan ingresar a EEUU. Brindamos ayuda a:
- Profesionales
- Trabajadores
de campo
- Estudiantes
- Empresas nacionales o extranjeras procurando colocar a empleados
en EEUU.
- Parientes de residentes ciudadanos
actuales de EEUU
- Los que reciben visas de
sorteo
- Trabajadores religiosos
- Inversionistas e Empresarios
- Víctimas de violencia familiar
- Las personas que huyen de la persecución y quieren aplicar para asilo.
- Las personas quienes estan interestados en adoptar.
ILAG provee consultas telefónicas, via e-mail, o personales.
Le proveemos representación professional para todas sus necesidades inmigratorias.
¿Cómo Podemos Ayudar? Nosotros podemos ayudarlo a conseguir una visa o su residencia
legal. Con una visa Ud. puede trabajar, estudiar y vivir en los Estados Unidos. Con su residencia permanente Ud. tiene derechos
y despues de cierto tiempo puede convertirse en Ciudadano Americano. Proveemos defensa en casos de deportación. Reabrimos
casos que ya han sido cerrados por la Corte de Inmigración o la Junta de Apelaciones.
VISAS PARA
INMIGRANTES
Obtener un permiso para la residencia (una tarjeta verde)- lo cual indica una residencia permanente
legal en los Estados Unidos- es el objetivo principal de muchos de nuestros clientes quienes estan planeando ingresar a este
país, o la legalización de su estado inmigratorio en los EEUU. Si este es su objetivo, por favor contácte
a ILAG hoy para fijar una consulta y aprender como le podemos ayudar.
Al tener la residencia
permanente legal, le ayudará a vivir y trabajar en los Estados Unidos sin restricciones. Podemos ayudarle a obtener
la residencia permanente a través de las siguentes categories (delineadas abajo) y dentro de dos clases de visas permanentes:
1. Visas para inmigrantes basadas en el empleo.
- Inmigrantes con una capacidad extraordinaria en los negocios, artes o ciencias.
- Gerentes y ejecutivos de empresas multinacionales
- Profesores destacados o los se destacan por sus trabajos de investigación
- Inmigrantes con títulos avanzados en el desempeño
del trabajo al interés nacional.
- Inmigrantes
con ofertas de trabajo y que tienen una maestría o doctorado o experiencia en el trabajo.
- Trabajadores religiosos y ministros cuyos servicios son requeridos por su organizción sin
fines lucrativos.
- Inmigrantes que son
inversionistas.
1. El proceso
de PERM: Algunas solicitudes basadas en el empleo, se le require pasar por un proceso denominado “Programa
de la Revisión Electrónica de Trabajos” (PERM). Este es un proceso en el cual, El Departamento de Empleo
de los EEUU certifica que hay una falta de trabajadores en los EE en la categoría o área en la cual Ud se especializa.
Una vez comprobada esa falta, Ud. puede solicitar una visa de inmigrante a Los Servicios de Inmigración y Naturalización.
Le podemos ayudar a navegar este proceso también.
2. Visas de inmigrantes basadas las familias.
- Usted es un pariente cercano
de un ciudadano de los Estados Unidos, tanto como padre, hijo o cónyuge.
- Usted es un hijo ya adulto, casado o soltero, de un ciudadano de los Estados Unidos
- Usted es el cónyuge o hijo no casado de un residente permanente
legal.
- Usted es el hermano o hermana de un
ciudadano de los Estados Unidos
- Usted va a
ser adoptado/a por un ciudadano de los Estados Unidos
El
Sorteo de Visas Cada año, El Programa del Sorteo de Visas hace disponible a 55,000 visas nuevas para
el inmigrante, destinados para personas de naciones subrepresentados. Adminstrado por el Departamento del Estado, El Programa
del Sorteo de Visas, require tener ya sea una educación de la secundaria, su equivalente, or dos años de experiencia
dentro de los últimos cinco años en un trabajo lo cual exige dos años de capacitación. Usted
o su cónyuge debe de ser ciudadano de una nación que reune los requisitos para El Programa del Sorteo de Visas.
La Ley de Violencia en contra de Las Mujeres (VAWA) VAWA le permite al cónyuge o hijo
de un ciudadano americano o residente permanente que haya sido abusado por el padre o esposo, el cual es ciudadano o
un Residente Permanente, a solicitar a favor de sí mismo la legalización inmigratoria en los Estados Unidos.
Les provee a los sobrevivientes de la violencia familiar los recursos que son esenciales para escapar la violencia y vivir
seguro e independientemente.
La Visa U La visa U está disponible para los que han
sido víctimas de ciertos delitos en los Estados Unidos y quienes brindan ayuda o han brindado ayuda a los organismos
de represión o en la investigación o el enjuiciamento de dicho delito.
Ayudar a los
Niños Abusados o Abandonados (SIJS) – Estado Extraordinario de un Inmigrante Menor de Edad ILAG defiende a los niños abusados y abandonados los cuales no tienen ninún estado inmigratorio
legal. Estos niños pueden pedir la residencia permanente bajo una ley federal conocida como El Estado Extraordinario
de un Inmigrante Menor de Edad (SIJS). Estos niños han sido abandonados debido a la muerte de sus padres, o han huído
del abuso severo de parte de sus padres o parientes.
Ley de Legalización para los Cubanos Esta
ley les permite a los ciudadanos cubanos cambiar su estado inmigratorio y convertise en residentes permanentes de los Estados
Unidos al haber estado en este país por un año. Este beneficio se dispone no sólamente a las personas
quienes nacieron en Cuba, sino que a sus hijos también y aún a sus nietos que reunen los requisitos para la
ciudadanía cubana conforme a la ley cubana.
Asilo ILAG les provee representación
legal a las personas buscando asilo en los Estados Unidos basado en persecución previa o un temor fundado de una futura
persecución. Esta persecución debe ser basada en una opinión política, la raza,
la religión, la ciudadanía, o la membresía a un grupo social particular. ILAG representa a los
clientes por todo el mundo por los cuales, los Estados Unidos es el último lugar de refugio y si vuelven a su país
de origen, puede ocasionar la tortura o hasta la muerte. Les provee a los solicitantes del asilo, (depende del proceso legal
en el caso), representación en los juicios administrativos ante los jueces de inmigración, y ante el Tribunal
de Apelaciones del Novéno Circuíto de Los Estados Unidos.
Contáctenos para saber
más de este programa y otras formas de obtener la residencia permanente legal en los Estados Unidos. Haga clic aquí ., hoy para una consulta gratis.
LAS VISAS PARA LOS QUE NO SON INMIGRANTES
Si
Usted desea entrar a los Estados Unidos por un plazo temporario, Usted puede solicitar una visa en la embajada de los
Estados Unidos en su pais de orígen. Las visas son otorgadas de acuerdo al propósito que Ud. tenga al ingresar
a los Estados Unidos. Este propósito puede ser trabajar, para lo cual recibirá una visa de trabajo. Si su propósito
es estudiar, Ud recibirá una visa de estudiante. Si su propósito es visitar a su familia, us recibirá
una visa de turista.
Una visa para los que no son inmigrantes se diferncia a una visa de inmigrante en que la
visa para los que no son inmigrantes sólamente le permite entrar temporariamente, a diferencia a una persona que tiene
una visa de inmigrante puede entrar y quedarse permanentemente.
La cantidad de tiempo que una persona puede quedarse en los Estados
Unidos depende en el estado de la visa bajo la cual entran (por ejemplo, entra para trabajar como enferamera o ingeniero).
Muchas veces, una persona que entra con una visa en particular puede cambiar su visa para poder quedarse más- o a desempeñar
más actividades. Por ejemplo, un estudiante de medicína puede que quiera cambiar su estado a una visa auspiciada
por el empleador al graduarse y encontrar un trabajo (al suponer que su nuevo empleador lo quiere auspiciar). Existen varias
clases de visas para los que no son inmigrantes también y que le permite a una persona prorrogar su estado y por ese
medio prorrogar su estadía en los Estados Unidos.
El proceso a veces puede ser complejo y confuso. Nuestro
estudio jurídico lo puede simplificar y determinar cual categoría de visa es la correcta para Usted y ayudarle
a cambiar su estado actual a una nueva categoría. En casos que lo ameritan, también podemos obtener un estado
legal y la autorización de empleo para sus familiares que son dependientes.
Lo siguente es
una lista breve de las categorías de visas temporarias más comunes
H1-B Puesto Extraordinario
Esta clase de visa para los que no son inmigrantes se aplica a un extranjero quien está empleado por un plazo
temporario y en un puesto especial (uno que típicamente requiere un título) también incluye modelos y
enfermeras. Bajo la ley actual, hay un límite anual de 65,000 extranjeros que pueden recibir este tipo de visa. Hasta
20,000 visas adicionales de H-1B están disponibles para los que se graduaron con una maestría o un programa
más alto.
L-1 Transferencias entre empresas multinacionales La visa L-1 les permite
a las empresas multinacionales a transferir empleados esenciales y de altos puestos desde sus oficinas internacionales a los
Estados Unidos. La persona no inmigrante trabajaría en la surcursal o la filial del mismo empleador en los Estados
Unidos, desempeñando un trabajo ejecutivo, de gerente, o una capacidad de conocimiento especializado.
E-1 Comerciantes La visa E-1 les permite a las personas entrar a los Estados Unidos bajo una visa para
con el único próposito de llevar a cabo un comercio substancial entre su país y los Estados Unidos. El
país de origen de la persona no inmigrante debe tener un tratado con los Estados Unidos.
E-2 Inversionistas
Si Usted viene a los Estados Unidos a dirigir una empresa en la cual tiene inversiones, puede obtener el estado de
la visa de E-2. Si es empleado de un inversionista, también puede reunir los requisitos para la visa, si sus deberes
requieren calificaciones extraordinarias, es decir, esenciales para la empresa. La persona no inmigrante debe tener la misma
ciudadanía que el empleador extranjero y el país de origen debe tener un tratado con los Estados Unidos.
O-1 Personas Destacantes o de Capacidad Extraordinaria
Personas sumamente talentosas
o distinguidas pueden que reunan los requisitos para la visa O para entrar a los Estados Unidos. Las personas que pueden reunir
los requisitos para esta visa son los médicos, los científicos, comerciantes distinguidos, o los deportistas.
Las personas consideradas las mejores en su especialidad también pueden reunir los requisitos para esta visa.
R-1 Trabajadores Religiosos La visa R-1 les permite a los trabajadores religiosos venir
a los Estados Unidos y desempeñar servicios para su organización religiosa. La organización religiosa
ya debe estar establecida en los Estados Unidos.
Contáctenos para enterarse de muchas otras formas
de obtener una visa (para los que son inmigrantes) a los estados unidos. Haga clic aquí ., hoy para una consulta gratis.
LAS DEFENSAS Y APELACIONES PARA LA DEPORTACIÓN. Cualquier incumplimiento de su estado en los Estados Unidos puede ocasionar que quede sujeto a un proceso de expulsión.
Estos incumplimientos por lo general incluyen “quedarse más allá del plazo autorizado, no cumplir con
las condiciones de su visa, o ingresar sin los documentos adecuados o documentos falsos.” Los distintos estados han
entregado al servicio de inmigración muchos antecedentes penales. Con frecuencia los que tienen el permiso de
residencia (una tarjeta verde) con condenas anteriores son detenidos al volver a los Estados Unidos cuando van de vacaciones,
o un viaje de negocios y quedan sujetos a procesos de deportación.
Muchas veces estos casos son complejos.
Ser hallado culpable por lo que en un momento fue una broma en la universidad o una acusación de posesión de
marihuana, ahora puede ocasionar una deportación a una persona que tiene el permiso de residencia (una tarjeta verde
temporaria).
La Deportación sin Condena Anterior Algunas personas no pueden reunir
los requisitos para poder ingresar y estarán sujeto a deportación aún sin una condena anterior. Un arresto
por el abuso conyugal o el tráfico de drogas son ejemplos donde uno puede quedar sujeto a un proceso de expulsión
sin una condena anterior. En el momento de renovar el permiso de residencia (la tarjeta verde) o la naturalización,
el USCIS (Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos) van a verificar los antecedentes, y uno
puede enfrentar la deportación por ciertos delitos. La conducta dolosa también puede impedir la demostración
de buena solvencia moral requerida para la naturalización.
Por lo tanto, es sumamente importante
que los extranjeros arrestados o los que tienen el permiso de residencia (la tarjeta verde), consulten con nosotros para que
podamos tratar con un licenciado criminalista para analizar cualquier consecuencia inmigratoria que puede tener su arresto,
declaración, y/o ser hallado culpable de un delito. ILAG tiene mucha experiencia en esta área.
ILAG ha ganado muchos casos de deportación para la gente con condenas anteriores
y para la gente sin condenas anteriores. Lláme a ILAG si tiene cualquier pregunta respecto a un caso
de deportación. Nuestra experiencia es su beneficio.
APELACIONES
Cuando se
descubre que una persona está aquí ilegalmente, la cual el gobierno se consideraba estar en los Estados Unidos
leglamente, entonces la persona quedará sujeta a un “proceso de expulsión”. Si la persona que está
en proceso de expulsión pierde su caso, entonces se dictará una orden de expulsión (deportación)
de los Estados Unidos. Él o ella puede apelar el caso al tribunal de Virginia, conocido como la Junta de Apelaciones
de Inmigración (BIA). La BIA funciona como una corte de apelaciones en los casos de inmigración. Cuando un caso
es apelado a la BIA, la BIA pronunciará una decisión en cuanto si creen que la decisión del juez de inmigración
fue la correcta.
Si la persona no cree que la decisión de la Junta de Apelaciones de Inmigración
(BIA) fue adecuada, entonces él o ella puede apelar ese caso al Tribunal de Apelaciones de Los Estados Unidos en el
circuíto correspondiente.
Hemos determinado que pocos abogados de inmigración tratarán los
casos más allá del nivel de la BIA (Junta de Apelaciones de Inmigración). Muchos no pueden presentar
casos ante el Tribunal de Apelaciones de Los Estados Unidos y por una u otra razón prefieren no tratar tales casos.
Nosotros si que tratamos los casos entre la BIA (Junta de Apelaciones de Inmigración) y el Tribunal de Apelaciones
de Los Estados Unidos.
ILAG trata toda clase de apelaciones con los casos de inmirgración.
En algunos casos, los hechos del caso o el estado actual de la ley es tal que hay poca probabilidad de ganar una
apelación. En dicho caso, algunas personas quisieran apelar ya sea porque quieren ser un agente social para cambiar
la ley, o simplemente quieren obtener más tiempo y evadir ser expulsado del país mientras el caso está
pendiente ante un tribunal de apelación.
Una persona en estas circunstancias debería tener
un abogado que cree a fondo en su caso en particular, y que está dispuesto a defender y terminar el caso a lo largo
del tiempo. Si quisiera hablar de su caso con nosotros, por favor llámenos o escríbanos. Simplemente haga clic
en el link de “Contact Us”arriba a la izquierda, y con mucho gusto hablarémos con Ud. respecto a su caso.
Nuestra servicio en Argentina: Proveemos los siguentes servicios legales:
- Representación
en cualquier asunto de derecho de familia.
- Bienes
y raíces
- Revision de Contratos y juicios
ejecutivos
- Derecho comercial
Si tiene cualquier pregunta, llame a 011-54-0351- 4 Estamos
asociados con las siguentes organizaciones:
www.aila.org - AILA (Asociación de Inmigración de
Abogados Norteamericanas) Abogados que son miembros de AILA representan a miles de familias estadounidenses quienes
han solicitado la residencia permanente para sus cónyuges, hijos, y parientes cercanos a entrar y vivir legalmente
en Los Estados Unidos.
Los Angeles County Bar Association
Bar Association of Cordoba, Argentina
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